Licencia de Segunda Ocupación: guía práctica para propietarios
LICENCIA DE SEGUNDA OCUPACIÓN
11/12/20253 min read
Qué es y para qué sirve
La licencia de segunda ocupación (en algunas CCAA también llamada cédula de habitabilidad de segunda ocupación) acredita que una vivienda usada cumple condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad y salud. Suele exigirse para:
Alta o cambio de suministros (agua, gas, electricidad).
Venta o alquiler de la vivienda.
Cambios de titularidad.
Acceso a subvenciones de rehabilitación energética o, en situaciones particulares, dación en pago.
Cuándo hay que solicitarla
Han transcurrido ≥ 10 años desde la primera licencia/cédula o desde la última segunda ocupación y además:
Transmisión de la propiedad (venta, herencia, donación).
Cambio de domicilio o adquisición de nueva vivienda.
Alta/cambio de proveedor de agua, gas o luz.
Vigencia y caducidad
La validez depende del año de concesión:
Concedidas antes de 2004: 10 años.
Entre 2005 y 2012: 15 años.
Desde 2013:
Primera ocupación (obra nueva): 25 años.
Segunda ocupación: 15 años.
Tras la caducidad, debe renovarse para mantener beneficios (altas de suministros, transmisiones, etc.).
Requisitos mínimos de habitabilidad (orientativos)
Uso vivienda: la escritura debe identificar el inmueble como vivienda (no garaje, anexo rural, etc.).
Estancias básicas: al menos sala, baño y equipo de cocina.
Condiciones constructivas: solidez, estanqueidad frente a lluvias, ausencia de inundaciones, suelo adecuado.
Superficie útil interior:
General: > 20 m².
Excepcional (edificios anteriores a 01/02/1984): 10–20 m².
Distribución e instalaciones: agua fría/caliente, evacuación de residuales, etc.
El técnico competente comprobará superficies, distribución, ocupación máxima y condiciones de habitabilidad durante la inspección.
Quién la emite y quién la tramita
Emisión: arquitecto o arquitecto técnico (y otros profesionales habilitados según liberalización del mercado).
Tramitación: puede presentarla el técnico (con autorización) o el propietario ante el Ayuntamiento (presencial o electrónica con firma digital).
Paso a paso del trámite
Contrata un técnico habilitado.
Inspección in situ de la vivienda.
Certificado de habitabilidad firmado por el técnico.
Presentación en el Ayuntamiento (solicitud oficial + documentación).
Pago de tasas municipales.
Resolución: el Ayuntamiento emite la licencia de segunda ocupación.
Plazos: habitualmente < 1 mes, variando según municipio. En urgencias, algunas oficinas admiten acreditación de solicitud mientras se resuelve.
Documentación habitual
Solicitud oficial municipal.
DNI/NIE del propietario (y del representante, si lo hay) + autorización en caso de representación.
Certificado de habitabilidad (técnico competente).
Escritura de propiedad o título acreditativo.
Justificante de tasas.
Coste orientativo
Honorarios técnicos: suelen oscilar entre 100–300 € (según complejidad y ubicación).
Tasas municipales: muy variables (aprox. 50–300 €), dependen del Ayuntamiento.
Total habitual: 250–600 €.
Nota: en algunos casos el coste anunciado del servicio (p. ej., “desde 100 €”) hace referencia solo a honorarios, sin tasas.
Caso especial: Valencia (renovación por Declaración Responsable)
En Valencia ciudad, la renovación de la Licencia de Segunda Ocupación se tramita como Declaración Responsable, lo que agiliza el proceso (gestión casi inmediata).
Honorarios de ejemplo en el mercado: desde 90 € (IVA incl.) para renovación.
Tasa municipal orientativa: ~0,17 €/m² útil (p. ej., vivienda de 80 m² ≈ 12 €).
Tramitación telemática posible desde la Sede Electrónica, con firma digital.
(Los importes son orientativos; confirma siempre con tu Ayuntamiento y tu técnico.)
Certificado energético: registro y etiqueta (si procede)
Para operaciones de venta/alquiler puede exigirse certificado de eficiencia energética (no es la licencia de segunda ocupación, pero suele gestionarse en paralelo):
El técnico certificador puede registrarlo como representante del propietario.
Tras el registro se obtiene la etiqueta energética con:
Datos del inmueble (referencia catastral, tipo, ubicación).
Calificación A–G con consumo (kWh/m²·año) y emisiones (kgCO₂/m²·año).
Nº de registro y validez: 10 años (si G, suele ser 5 años).
Preguntas frecuentes
¿Puedo tramitarlo yo mismo?
Sí. Puedes presentar la solicitud con el certificado técnico y el resto de documentos, o delegarlo en tu técnico.
¿Qué pasa si no la tengo al vender o alquilar?
Podrás encontrar impedimentos legales o con suministradoras, y la operación puede retrasarse o frustrarse.
¿Es lo mismo que la cédula de habitabilidad?
Depende de la CCAA: en algunas, la segunda ocupación es la cédula renovada; en otras, conviven terminologías distintas.
¿Cuánto tarda?
De forma general, menos de un mes.
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