Alumbrado de emergencia: cálculo y normativa (DB-SUA 4 · ITC-BT-28)
Calcula el alumbrado de emergencia de un local: cuántas luminarias necesita y dónde van colocadas, según el DB-SUA 4 del CTE y la ITC-BT-28 del REBT: predimensionado del flujo antipánico, puntos de colocación obligatoria (puertas de salida, escaleras, cambios de dirección, cuadros y equipos de PCI) y los requisitos de autonomía y respuesta que debe justificar tu memoria técnica.
Alumbrado ambiente o antipánico exigible en todo el espacio (ITC-BT-28): se predimensiona la superficie completa.
Puntos con luminaria obligatoria (DB-SUA 4)
Indica cuántos hay de cada tipo en el local; cada uno exige un aparato, se cumpla o no el cálculo por cobertura.
Indica la superficie del local y los puntos obligatorios para obtener el número de luminarias de emergencia.
Requisitos que debe justificar la memoria
- Autonomía mínima de 1 hora desde el fallo del suministro
- Alcanza el 50 % del nivel de iluminación a los 5 s y el 100 % a los 60 s
- Entra en funcionamiento al caer la tensión por debajo del 70 % de la nominal
- Luminarias situadas al menos a 2 m por encima del nivel del suelo
- Uniformidad: relación entre iluminancia máxima y mínima ≤ 40:1 en el eje de las vías
- Índice de rendimiento cromático Ra ≥ 40
- Luminarias conformes con UNE-EN 60598-2-22; niveles según UNE-EN 1838
Este cálculo acaba en la justificación del alumbrado de emergencia de tu memoria técnica. Arquify genera la memoria completa adaptada a tu Ayuntamiento — crear cuenta es gratis y tres documentos no cuestan nada.
Cómo se calcula (y qué debes verificar)
La herramienta combina dos criterios y se queda con el más exigente. Primero, el mínimo por puntos obligatorios: el DB-SUA 4 (apartado 2.2) exige una luminaria en cada puerta de salida, en las escaleras (cada tramo con luz directa), en los cambios de dirección e intersecciones de pasillos, y junto a los cuadros de alumbrado y equipos manuales de PCI, que además deben recibir 5 lx. Segundo, el predimensionado por flujo: la regla práctica del sector de 5 lm/m² para garantizar el nivel antipánico de 0,5 lx de la ITC-BT-28 a alturas de montaje habituales, dividiendo los lúmenes totales entre el flujo del aparato elegido.
Qué dotación exige cada uso
La dotación depende del uso, y la calculadora lo diferencia según el CTE: en pública concurrencia el antipánico cubre todo el espacio; en otros usos (oficinas, docente, industrial) solo es exigible en las vías de evacuación — una luminaria cada ~10 m de eje como predimensionado — y en los recintos que superen 100 personas; y en aparcamientos cerrados la dotación es obligatoria al superar 100 m². Para naves industriales, el nuevo RSCIEI (RD 164/2025, anexo III, apartado 9) ya no tiene condiciones propias: remite directamente al DB-SUA 4. Las zonas de alto riesgo (15 lx, respuesta en 0,5 s) y el alumbrado de reemplazamiento de quirófanos quedan señalados como avisos, porque se dimensionan aparte.
Del predimensionado al anexo de cálculo
El resultado es un predimensionado orientativo para arrancar: la exigencia normativa real está en lux, así que el anexo de cálculo del proyecto se justifica con un cálculo fotométrico punto a punto (Daisalux, DIALux) o con las tablas de separación del fabricante, comprobando el 1 lx en el eje de las vías de evacuación, la banda de 0,5 lx y la uniformidad 40:1.
¿Cuándo es obligatorio? Lo marca la ocupación y el uso — si aún no tienes el aforo, calcúlalo con la calculadora de aforo según DB-SI, que ya avisa del umbral de alumbrado de emergencia (recintos de más de 100 personas) junto al resto de condicionantes.
Dónde exige el CTE alumbrado de emergencia (DB-SUA 4, 2.1)
- Recintos cuya ocupación sea mayor que 100 personas
- Todo recorrido de evacuación, desde el origen hasta el espacio exterior seguro o zona de refugio
- Aparcamientos cerrados o cubiertos de más de 100 m² (incluidos pasillos y escaleras hasta el exterior)
- Locales que albergan equipos generales de las instalaciones de PCI y locales de riesgo especial
- Aseos generales de planta en edificios de uso público
- Lugares donde se ubican cuadros de distribución o de accionamiento del alumbrado
- Las señales de seguridad
- Los itinerarios accesibles
Niveles de iluminancia exigidos
| Zona | Nivel mínimo | Norma |
|---|---|---|
| Vías de evacuación (anchura ≤ 2 m) | 1 lx en el eje central y 0,5 lx en la banda central | DB-SUA 4, 2.3 |
| Vías de evacuación más anchas | Se tratan como franjas de 2 m de anchura | DB-SUA 4, 2.3 |
| Equipos de PCI manuales y cuadros de alumbrado | 5 lx en el punto | DB-SUA 4, 2.3 |
| Alumbrado ambiente o antipánico (pública concurrencia) | 0,5 lx en todo el espacio, del suelo a 1 m de altura | REBT ITC-BT-28 |
| Zonas de alto riesgo | 15 lx o el 10 % del nivel normal (el mayor), respuesta en 0,5 s | REBT ITC-BT-28 |
| Señales de seguridad | Luminancia ≥ 2 cd/m² en toda la superficie | DB-SUA 4, 2.4 |
Fuente oficial: el CTE DB-SUA en codigotecnico.org. Contrasta siempre los valores con el texto vigente.
El alumbrado de emergencia es un apartado más de la memoria técnica
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