RD 105/2008: la gestión de los residuos de construcción y demolición
El RD 105/2008 regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD). Reparte las obligaciones entre el productor — el titular de la licencia — y el poseedor — quien ejecuta la obra —, y las ata a la licencia: sin estudio de gestión no hay licencia, y sin certificado del gestor no se devuelve la fianza. Es la norma detrás del documento que todo proyecto de obra lleva como anejo: el Estudio de Gestión de Residuos.
Para el redactor, el trabajo está en el artículo 4: estimar en toneladas y metros cúbicos cada fracción codificada con la lista europea de residuos (LER), prever las medidas de prevención, decidir si cada fracción se reutiliza, valoriza o elimina, marcar la separación en obra según los umbrales del artículo 5.5 y valorar su coste. El resto del real decreto lo ejecuta el constructor con el plan de gestión y el gestor autorizado con su certificado. La Ley 7/2022 de residuos ha endurecido la parte de obra: demolición selectiva y clasificación en origen desde julio de 2022.
A quién aplica (y qué queda fuera)
- A los residuos de cualquier obra de construcción o demolición: obra nueva, reforma, rehabilitación, derribo, urbanización y también las obras de adecuación de un local para una actividad cuando llevan proyecto.
- Al productor (promotor o titular de la licencia): estudio de gestión en el proyecto, inventario de residuos peligrosos en demoliciones y reformas, fianza si el Ayuntamiento la exige y custodia de la documentación cinco años.
- Al poseedor (constructor): plan de gestión que desarrolla el estudio, separación en obra por encima de los umbrales, entrega a gestor autorizado con documento acreditativo y pago de los costes.
Quedan fuera las tierras y piedras no contaminadas que se reutilizan en la misma obra o en otra autorizada, los residuos de industrias extractivas y los lodos de dragado no peligrosos. Los residuos con norma propia — amianto (RD 396/2006), aceites, envases — se rigen por ella y por este real decreto solo en lo que aquella no cubra. Las obras menores sin proyecto no llevan estudio de gestión (va en el proyecto de ejecución), pero muchas ordenanzas municipales piden una declaración simplificada y fianza.
Los tres documentos y quién firma cada uno
Estudio de gestión de residuos — el redactor, en el proyecto (art. 4)
Contenido mínimo: estimación de la cantidad por tipos (LER) en toneladas y m³; medidas de prevención; operaciones de reutilización, valorización o eliminación de cada fracción; medidas de separación conforme al art. 5.5; planos de las instalaciones de almacenamiento y manejo en obra; prescripciones del pliego; y valoración del coste, que forma parte del presupuesto en capítulo aparte. En demolición, rehabilitación o reforma, inventario de residuos peligrosos y previsión de su retirada selectiva.
Plan de gestión de residuos — el constructor, antes de empezar (art. 5.1)
Desarrolla el estudio con los medios reales de la obra: contenedores, zonas de acopio, gestores contratados. Lo aprueba la dirección facultativa y lo acepta la propiedad; pasa a formar parte de los documentos contractuales.
Certificado del gestor — al final, para cerrar (art. 5.3 y 5.4)
El poseedor entrega los residuos a un gestor autorizado y obtiene el documento acreditativo con la cantidad, tipo LER, origen y destino. Es lo que el Ayuntamiento pide para devolver la fianza y, en muchos municipios, para la licencia de primera ocupación o el fin de obra.
Lo que cambia con la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados
El RD 105/2008 sigue vigente, pero la ley de 2022 le añade tres obligaciones en obra que el estudio debe recoger:
Demolición selectiva
Desde el 1 de julio de 2022 las obras de demolición deben ejecutarse de forma selectiva, retirando primero los residuos peligrosos y separando materiales para su reutilización o reciclado.
Clasificación en origen
Los RCD no peligrosos se clasifican preferentemente en la obra en al menos: madera, fracciones minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso. Es independiente de los umbrales del art. 5.5, que siguen marcando cuándo la separación es obligatoria en obra.
Inventario de amianto y peligrosos
En las demoliciones y reformas de edificios anteriores a 2002 el inventario de residuos peligrosos del art. 4.1 se convierte en la práctica en un inventario de amianto, con retirada por empresa inscrita en el RERA antes del resto de la demolición.
Umbrales de separación en obra del artículo 5.5
El poseedor (el constructor) debe separar estas fracciones en la propia obra cuando la cantidad prevista de generación para el total de la obra supere el umbral:
| Fracción | Umbral |
|---|---|
| Hormigón | 80 t |
| Ladrillos, tejas y materiales cerámicos | 40 t |
| Metales | 2 t |
| Madera | 1 t |
| Vidrio | 1 t |
| Plásticos | 0,5 t |
| Papel y cartón | 0,5 t |
Valores vigentes para las obras iniciadas desde el 26 de febrero de 2010 (hasta entonces eran el doble). Desde julio de 2022 la Ley 7/2022 obliga además a clasificar en origen madera, minerales, metales, vidrio, plástico y yeso, y a la demolición selectiva, con independencia de estos umbrales.
Composición media de un RCD y ratios de generación por tipo de obra
Los porcentajes en peso de la composición media del Plan Nacional de RCD, con el código LER de cada fracción; son los que reparte la calculadora sobre el volumen estimado:
| Fracción | Código LER | % en peso |
|---|---|---|
| Ladrillos, azulejos y otros cerámicos | 17 01 02 / 17 01 03 | 54 % |
| Hormigón | 17 01 01 | 12 % |
| Basuras y residuos asimilables a urbanos | 20 02 / 20 03 | 7 % |
| Piedra | 17 09 04 | 5 % |
| Asfalto y mezclas bituminosas | 17 03 02 | 5 % |
| Arena, grava y otros áridos | 01 04 08 / 01 04 09 | 4 % |
| Madera | 17 02 01 | 4 % |
| Otros (mezclados no peligrosos) | 17 09 04 | 4 % |
| Metales | 17 04 (varios) | 2,5 % |
| Plásticos | 17 02 03 | 1,5 % |
| Vidrio | 17 02 02 | 0,5 % |
| Papel y cartón (embalajes) | 15 01 01 / 20 01 01 | 0,3 % |
| Yeso y escayola | 17 08 02 | 0,2 % |
| Ratio de generación — Obra nueva (residencial o terciario) | — | 0,12 m³/m² |
| Ratio de generación — Reforma o rehabilitación interior | — | 0,45 m³/m² |
| Ratio de generación — Demolición parcial | — | 0,7 m³/m² |
| Ratio de generación — Demolición total de edificio | — | 1 m³/m² |
Composición y ratios son valores de planificación (Plan Nacional de RCD, guías colegiales), no cifras del RD: la calculadora los deja editables y el estudio debe justificar los que adopte. Con mediciones del proyecto de demolición, úsalas en lugar del ratio.
Las calculadoras de esta norma
Residuos de construcción
Toneladas y m³ de RCD por código LER según el tipo de obra — la estimación obligatoria del Estudio de Gestión de Residuos de tu licencia de obra.
Abrir calculadoraCTE DB-HE 1Transmitancia térmica U
El cerramiento por capas: valor U comparado con el límite de tu zona climática y comprobación de condensación superficial (fRsi).
Abrir calculadoraPreguntas frecuentes
¿Qué obras necesitan estudio de gestión de residuos?
Toda obra de construcción o demolición con proyecto: el estudio forma parte del proyecto de ejecución (art. 4.1.a) y sin él no se concede la licencia. En una obra menor sin proyecto no existe como tal, pero la ordenanza municipal suele exigir una declaración de residuos y fianza proporcional al presupuesto. Comprueba la de tu Ayuntamiento.
¿Cómo se estima la cantidad de residuos de una obra?
El RD pide toneladas y metros cúbicos por fracción LER, pero no fija el método. A falta de mediciones, la práctica usa ratios de generación por superficie construida (del orden de 0,12 m³/m² en obra nueva y hasta 1 m³/m² en demolición total), la densidad aparente del RCD mezclado (unas 1,3 t/m³) y la composición media del Plan Nacional. Nuestra calculadora de residuos aplica ese método con los ratios editables para que justifiques los tuyos.
¿Cuándo hay que separar los residuos en la propia obra?
Cuando la cantidad prevista de una fracción para el total de la obra supere los umbrales del art. 5.5: 80 t de hormigón, 40 t de cerámicos, 2 t de metales, 1 t de madera, 1 t de vidrio, 0,5 t de plásticos y 0,5 t de papel y cartón. Si no cabe separar en obra por falta de espacio, el poseedor puede encomendarlo a un gestor en instalación externa, dejándolo acreditado. Además, desde julio de 2022 la Ley 7/2022 exige clasificar en origen madera, minerales, metales, vidrio, plástico y yeso.
¿Es obligatoria la fianza por residuos?
El RD 105/2008 permite a las entidades locales exigirla (art. 6) y la mayoría de ayuntamientos lo hacen, normalmente como un porcentaje del presupuesto de la obra o del capítulo de gestión de residuos, con mínimos. Se devuelve al presentar el certificado del gestor autorizado que acredite la entrega de los residuos.
¿Las tierras de la excavación cuentan como RCD?
No, si son tierras y piedras no contaminadas que se reutilizan en la misma obra o en otra distinta autorizada (art. 3.1.a): quedan fuera del real decreto. Si se llevan a vertedero o a un gestor, sí entran en el estudio con su código LER 17 05 04.
Fuente oficial: RD 105/2008 en el BOE (texto consolidado). Esta guía es un resumen orientativo para el técnico redactor y no sustituye al texto consolidado.
Arquify es el software de memorias técnicas de actividad que ensambla la memoria completa — superficies, ocupación, justificación normativa, anexos y declaración responsable — adaptada a lo que exige cada Ayuntamiento.
